
Presentan ante Provincia un recurso de impugnación del COU de Hurlingham

El concejal Julio Medina presentó ante la Provincia de Buenos Aires un recurso administrativo contra la Resolución 406 del Ministerio de Gobierno bonaerense, que convalidó las ordenanzas correspondientes al nuevo Código de Ordenamiento Urbano (COU) de Hurlingham.
Según explica Medina, “la presentación pone el foco en una contradicción central del acto provincial: mientras el artículo 1 convalida el COU, el artículo 3 condiciona la materialización de los usos previstos al cumplimiento de las exigencias de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario establecidas por la normativa provincial”.
Medina señala que es una convalidación pero con exigencias que no se pueden cumplir. “Te lo convalidó, pero no. La Provincia dice que sí en el artículo 1 y después, en el artículo 3, deja escrito el problema que venimos señalando desde noviembre: no alcanza con permitir construir más si Hurlingham no tiene la infraestructura necesaria para sostener ese crecimiento”, explica.
El recurso presentado en Provincia reconstruye la cronología del expediente provincial. Según la documentación incorporada, el Municipio remitió el COU a la Provincia recién en junio de 2026, aproximadamente seis meses después de la sanción de la Ordenanza 9689/25. “A partir de entonces comenzaron a producirse intervenciones técnicas que ya había reclamado antes de la aprobación del Código”.
Entre ellas, ejemplifica el concejal, “aparece la actuación de la Autoridad del Agua, que califica su propia intervención como de naturaleza “exploratoria”, y la del Ministerio de Ambiente, que refiere a una propuesta presentada en instancia de proyecto y previa a la sanción de la ordenanza, pese a que para entonces el COU original ya llevaba meses sancionado.”
Para Medina “la cuestión de la infraestructura ocupa un lugar central. Las actuaciones provinciales requirieron información sobre los servicios y obras necesarias para acompañar el desarrollo proyectado y, de acuerdo con la documentación analizada en el recurso, el propio Municipio informó sobre obras cuya ejecución futura se encuentra vinculada a la disponibilidad presupuestaria.”
“Lo más preocupante es que primero se decidió cuánto más podía construirse y después comenzaron a preguntarse si estaban dadas las condiciones para soportarlo. ¿Para qué autorizás una ciudad que todavía no estás en condiciones de sostener?”, inquirió Medina.
La presentación sostiene que el artículo 3 no puede analizarse aisladamente: leído junto con los informes que integran el expediente, deja para una instancia posterior la comprobación de condiciones de infraestructura, servicios y equipamiento que resultan esenciales para materializar el crecimiento autorizado por el nuevo ordenamiento.
“Todo lo que dijimos desde noviembre hoy está documentado en el propio expediente provincial. Ya no es nuestra opinión: están las fechas, los informes y las respuestas de los organismos intervinientes”, sostuvo.
Ante estos antecedentes, se hizo la presentación formal de un recurso contra la Resolución 406, solicitando entre otras medidas que Provincia incorpore todos los antecedentes municipales y determine qué información tuvieron a la vista los organismos técnicos antes de emitir sus intervenciones.
“Queremos una ciudad que crezca con agua, cloacas, electricidad, desagües, calles e infraestructura suficiente. Primero hay que saber si la ciudad puede sostener lo que se autoriza. Después se construye. No al revés,”, concluye Medina.


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