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title: "Hurlingham: ¿por qué el aumento de impuestos duplicó a la inflación?"
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description: "Entre diciembre y agosto el incremento de la Tasa de Servicios Generales fue del 54%, más del doble que la inflación en ese período. Según un reciente estudio Hurlingham tiene la tasa de presión impositiva más alta de la Provincia."
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date_published: "2026-10-05T15:52:00-03:00"
date_modified: "2026-10-05T16:13:58-03:00"
tags:
  - "Damián Selci"
  - "Hurlingham"
  - "Impuestos"
  - "Inflación"
author_name: "Planeta Hurlingham"
category_name: "Política"
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# Hurlingham: ¿por qué el aumento de impuestos duplicó a la inflación?

![images (18)](/download/multimedia.miniatura.9e98fd3e6a08418c.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

Los contribuyentes de Hurlingham enfrentan un escenario de **fuerte descontento** por el costo de la **Tasa de Servicios Generales (TSG).**

En el Partido las tasas municipales registraron subas sustanciales que **duplican los índices inflacionarios** del país. Según denunciaron bloques opositores, la **(TSG) acumuló un incremento del 54% en un período de ocho meses**, una cifra que representa **más del doble de la inflación** medida por el INDEC para el mismo lapso.

A este incremento se le suma un dato que encendió las **alarmas**: de acuerdo con el reciente informe del **Semáforo Fiscal Municipal** presentado por la plataforma Menos Impuestos, **Hurlingham lidera el ranking de presión tributaria bonaerense con un índice del 3,16%**, convirtiéndose en el distrito relevado con las **alícuotas promedio más altas de la provincia de Buenos Aires.**

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**FACULTADES POR DECRETO**

La denuncia de espacios opositores apunta a la **falta de transparencia sobre la metodología** empleada por el **Ejecutivo local** para aumentar los tributos.

Desde los sectores legislativos que impulsan el freno a los aumentos advirtieron que **se desconoce por completo cuál es el índice real que aplica el intendente Damián Selci** para calcular las subas en las boletas vecinales, desplazando el uso del Índice de Precios al Consumidor (IPC) oficial.

Esto es posible debido a las **facultades delegadas que posee el jefe comunal,**dado queestas atribuciones extraordinarias fueron otorgadas a Selci en la primera sesión del Concejo Deliberante.

El oficialismo hizo valer allí su **mayoría automática** para blindar al intendente y permitirle reajustar los valores de los impuestos locales **de manera directa y por decreto**, esquivando la obligatoriedad de someter los incrementos a una discusión y votación previa en el cuerpo legislativo.

**EL RECLAMO DE LA OPOSICIÓN**

La oposición busca avanzar en el Concejo Deliberante contra esta perjudicial situación para los vecinos pero enfrenta la mayoría del oficialismo en el Concejo.

Así, la oposición enfrenta un **escollo insalvable** para derogar los superpoderes del Ejecutivo y que las readecuaciones tarifarias sean debatidas abiertamente.

El concejal **Julio Medina** afirmó al respecto que el Ejecutivo aplica indicadores a su criterio, de forma discrecional. **“Las tasas aumentan porque tienen un gasto público enorme”**, sentenció el edil.

Medina también cruzó al oficialismo señalando que, mientras el Municipio anuncia programas de asesoramiento jurídico para defender a los vecinos de deudas externas alegando abusos financieros, **profundiza la presión fiscal "puertas adentro",** con subas imprevistas a lo largo del año.

**REQUISITO LEGAL**

Por su parte, el oficialismo justifica la recaudación propia como un **escudo indispensable**para sostener las prestaciones básicas ante el **recorte de fondos coparticipables por parte del Gobierno Nacional.**

Al respecto, Medina citó un reciente fallo de la **Corte de Córdoba**, en el cual se dictaminó que **“****para que un tributo municipal pueda válidamente ser calificado como tasa, debe existir una prestación municipal concreta, efectiva e individualizable”.**

En ese sentido, agregó que requiere particular atención la **Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene,** “cuyo hecho imponible comprende servicios “efectivos o potenciales” vinculados no sólo con seguridad e higiene, sino también con cuestiones ambientales, sanitarias, laborales, productivas y sociales.”

“Este fallo (de Córdoba) genera una obligación institucional de revisión.**La cuestión dejó de tener el eje en cuánto recauda cada tasa, sino en qué servicio específico la justifica”,** concluyó.

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